INTERNET
DERECHOS DIGITALES
España reconoce por primera vez los derechos digitales de sus ciudadanos. Es el primer país europeo que regula explícitamente este tipo de derechos en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
El objetivo de la ley es “reconocer y garantizar unos derechos digitales de los ciudadanos conforme al mandato establecido en la Constitución”. Algunos de ellos se venían ejerciendo a través del derecho a la intimidad.
Estos derechos, referidos en los artículos 89 a 94 de la nueva LOPDGDD son competencia de la propia AEPD a nivel de garantizar su cumplimiento y ejercicio.
El término derechos digitales describe los derechos humanos que permiten a las personas acceder, usar, crear y publicar medios digitales así como acceder y utilizar ordenadores, otros dispositivos electrónicos y redes de comunicaciones.
El término tiene estrecha relación con la protección y la realización de derechos existentes, tales como el derecho a la privacidad o la libertad de expresión, en el contexto de las nuevas tecnologías digitales, especialmente Internet.
Estos derechos tienen como finalidad la protección de las personas que utilizan las diferentes herramientas digitales, relacionados con la privacidad e igualdad en Internet, la supresión de nuestros datos en la red y la protección de los menores.
¿CUÁLES SON?
- Derecho a la neutralidad de Internet
- Derecho de acceso universal a Internet
- Derecho a la seguridad digital
- Derecho a la educación digital
- Protección de los menores en Internet
- Derecho a la actualización de informaciones en medios de comunicación digitales
- Libertad de expresión y veracidad informativa
- Derecho de rectificación en Internet
- Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral
- Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo
- Derecho al honor y a la propia imagen
- Derechos digitales en la negociación colectiva
- Derecho al olvido en búsquedas de Internet
- Derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes
- Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral
- Derecho de portabilidad en servicios de redes sociales y servicios equivalentes
- Derecho al testamento digital
- Propiedad intelectual
- Derecho a la educación digital
- Derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral
¿CÓMO DENUNCIAR?
En casos de infracción de derechos digitales cabe la denuncia.
Se puede denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos y presentar una reclamación por vulneración de tus derechos digitales.
Por otro lado, también es posible una denuncia judicial ante los Tribunales.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Los incumplimientos de los derechos digitales se sancionarán según lo establecido en el RGPD y en la LOPDGDD.
Las sanciones más bajas serán de 10 millones de euros o el 2% del volumen negocio total anual del ejercicio financiero anterior (la cifra que sea de mayor cuantía). Y las más elevadas ascenderán a 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio total anual del ejercicio financiero anterior (también la que sea de mayor cuantía entre las dos).
También existe la posibilidad de que los Estados miembros asocien las infracciones y sanciones administrativas con sanciones penales. Por lo que, aquel que cometa algún incumplimiento de este tipo, puede verse condenado también por la vía penal.